Ley de Contrato de Trabajo · Art. 121
Concepto
Qué dice, en criollo
El sueldo anual complementario es una prestación que corresponde al trabajador en función de las remuneraciones que efectivamente percibió durante el año calendario. Su cálculo se determina dividiendo por doce el monto total de todas las remuneraciones que integran la base salarial conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la ley. Se trata de una obligación del empleador que reconoce el derecho del trabajador a percibir una compensación adicional sobre la base de lo devengado en el período anual. El concepto vincula directamente el monto del complementario con las remuneraciones efectivamente cobradas, de modo que su cuantía varía según el salario percibido en cada año calendario.
Texto oficial
Concepto. Se entiende por sueldo anual complementario la doceava parte del total de las remuneraciones definidas en el Artículo 103 de esta ley, percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario.
Texto vigente al 7 de julio de 2026, tomado del texto actualizado de la Ley 20.744 (LCT) en InfoLEG.
Aviso: esta explicación es información general y no reemplaza el asesoramiento profesional; puede contener errores u omisiones. La fuente que manda es el texto oficial de arriba. Si encontrás un error, reportalo acá y lo corregimos.
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